Financiamiento para tu empresa
Financiación Interna
El principal mecanismo de "autofinanciamiento" de las sociedades es el aporte de los socios, que se refleja mediante los aportes de capital.
Respecto de este punto, es necesario tener presente el artículo 376 del Código de Comercio, que señala que "Pueden ser objeto de aporte, el dinero, los créditos, los muebles e inmuebles, las mercedes, el trabajo manual, la mera industria y en general cualquiera cosa comerciable capaz de prestar alguna utilidad".
El criterio general para avaluar los aportes no consistentes en dinero, se debe hacer por medio de alguno de los siguientes procedimientos:
* En la forma establecida en el contrato.
* Según el precio de la plaza del bien de que se trate.
* Por peritos.
Es necesario tener presente el artículo 352 N°4 del Código de Comercio, este señala que se debe dejar constancia expresa en la escritura de constitución social - o en alguna de sus modificaciones- "el capital que introduce cada uno de los socios, sea que consista en dinero o en bienes, y el valor que se le asigne a los aportes que consisten en muebles o inmuebles y la forma que se debe hacer el justiprecio de su valor, si no se le asignará valor alguno".
Por su parte, el artículo 15 de la ley 18.046, respecto de la sociedad anónima dice que "salvo acuerdo unánime de los accionistas, los aportes que no consistan en dinero se deben estimar por peritos, y caso de aumentos de capital, es necesario además, que su justiprecio sea aprobado por la Junta Extraordinaria de Accionistas".
Respecto de este punto, es necesario tener presente el artículo 376 del Código de Comercio, que señala que "Pueden ser objeto de aporte, el dinero, los créditos, los muebles e inmuebles, las mercedes, el trabajo manual, la mera industria y en general cualquiera cosa comerciable capaz de prestar alguna utilidad".
El criterio general para avaluar los aportes no consistentes en dinero, se debe hacer por medio de alguno de los siguientes procedimientos:
* En la forma establecida en el contrato.
* Según el precio de la plaza del bien de que se trate.
* Por peritos.
Es necesario tener presente el artículo 352 N°4 del Código de Comercio, este señala que se debe dejar constancia expresa en la escritura de constitución social - o en alguna de sus modificaciones- "el capital que introduce cada uno de los socios, sea que consista en dinero o en bienes, y el valor que se le asigne a los aportes que consisten en muebles o inmuebles y la forma que se debe hacer el justiprecio de su valor, si no se le asignará valor alguno".
Por su parte, el artículo 15 de la ley 18.046, respecto de la sociedad anónima dice que "salvo acuerdo unánime de los accionistas, los aportes que no consistan en dinero se deben estimar por peritos, y caso de aumentos de capital, es necesario además, que su justiprecio sea aprobado por la Junta Extraordinaria de Accionistas".
Financiación Externa
Con el objeto de poder enfrentar la práctica comercial moderna, es muy común que los accionistas sean incapaces o simplemente no quieran aportar dineros o bienes personales con el objeto de generar "capital de trabajo para la sociedad", es por ello que las sociedades -cualquiera sea su tipo- deben recurrir al sistema financiero para obtener recursos, por la vía de los créditos, sean estos hipotecarios o mediante la existencia de líneas de crédito.
Es frecuente que las distintas sociedades de un mismo grupo de empresas se garanticen mutuamente frente a instituciones financieras. Respecto de este punto, es importante tener en cuenta la norma del artículo 57 N°5 de la Ley 18.046 que señala que es materia de Junta Extraordinaria de Accionistas "el otorgamiento de garantías reales o personales para caucionar operaciones de terceros, excepto si éstas fueren sociedades filiales, en cuyo caso, la aprobación del Directorio será suficiente".
Respecto de este punto, es importante tener en cuenta las normas de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, que establecen que la Junta Extraordinaria de accionistas debe aprobar con precisión el monto y el plazo del crédito que se está garantizando.
Es frecuente que las distintas sociedades de un mismo grupo de empresas se garanticen mutuamente frente a instituciones financieras. Respecto de este punto, es importante tener en cuenta la norma del artículo 57 N°5 de la Ley 18.046 que señala que es materia de Junta Extraordinaria de Accionistas "el otorgamiento de garantías reales o personales para caucionar operaciones de terceros, excepto si éstas fueren sociedades filiales, en cuyo caso, la aprobación del Directorio será suficiente".
Respecto de este punto, es importante tener en cuenta las normas de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, que establecen que la Junta Extraordinaria de accionistas debe aprobar con precisión el monto y el plazo del crédito que se está garantizando.
Las Financiaciones Externas pueden ser bancarias y no bancarias.
´FINANCIACIÓN EN LA EMPRESA´´
Consiste en :
- Buscar fuentes de dinero.
- Evaluar dichas fuentes de financiamiento.
- Seleccionar lo mas conveniente para nuestros negocios.
- Cuando existe una falte de liquidez para hacer frente a las operaciones diarias del negocio.
- Si queremos hacer crecer el negocio.
- Lanzar un nuevo producto.
- Limpiar el local.
FINANCIACIÓN EN LA EMPRESA
Consiste en :
-buscar fuentes de financiamiento para la empresa, fuentes tales como: préstamos, créditos, etc.
-evaluar dichas fuentes de financiamiento, por ejemplo, en el caso de adquirir un préstamo o un crédito, evaluar cual nos brinda mejores facilidades de pago, cual tiene un menor costo (menor tasa de interés).y, a la vez evaluar nuestra capacidad para hacer frente a la adquisición de la deuda
-seleccionar la más conveniente para nuestro negocio ¿Cuándo buscar el financiamiento en la empresa?
-evaluar dichas fuentes de financiamiento, por ejemplo, en el caso de adquirir un préstamo o un crédito, evaluar cual nos brinda mejores facilidades de pago, cual tiene un menor costo (menor tasa de interés).y, a la vez evaluar nuestra capacidad para hacer frente a la adquisición de la deuda
-seleccionar la más conveniente para nuestro negocio ¿Cuándo buscar el financiamiento en la empresa?
-si existe una falta de liquidez para hacer frente a las operaciones diarias del negocio
-si queremos hacer crecer el negocio, por ejemplo, queremos adquirir nueva maquinaria, lanzar un nuevo producto, ampliar el local, etc, y no contamos con capital propio suficiente
-si queremos hacer crecer el negocio, por ejemplo, queremos adquirir nueva maquinaria, lanzar un nuevo producto, ampliar el local, etc, y no contamos con capital propio suficiente
FINANCIACIÓN EN LA EMPRESA
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